Arevalo 1700 | DLP0623

FICHA

  • Producto Departamento
  • Operación Alquiler
  • Barrio Palermo Hollywood
  • Ambientes 2
  • Dormitorios 1
  • Baños 1
  • Cocheras 1
  • Estado Excelente
  • Disposición Contrafrente
  • Sup. Propia 50,00 m2
  • Sup. Cubierta 50,00 m2
  • Movilidad Reducida
  • Expensas 110000

U$S 700

ALQUILER

Arevalo 1700

Palermo Hollywood

AREVALO y EL SALVADOR - DIVINO 2 AMB. DIVISIBLES EN PISO ALTO CON VISTA A CIUDAD Se trata de un edificio practicamente nuevo con amenities, ubicado en el corazon de Palermo Hollywood, mas precisamente ubicado sobre la calle Arevalo al 1700, entre El Salvador y Honduras. Edificio con Amenities: Piscina en terraza, solarium, SUM, parrilla y Laundry Semipiso de 2 ambientes divisibles (actualmente es un monoambiente grande, pero se puede dividir y queda 2 ambientes super comodos) Ubicado en un piso alto con vista a toda la Ciudad. Cocina con espacio para heladera. Horno a gas y Anafe electrico. Ambiente de muy buenas medidas con grandes ventanales. Baño completo. Aire acondicionado Frio calor y Agua caliente central. Pisos de Porcelanato. Acepta mascotas Edificio Apto profesional. Cochera fija cubierta incluida en el precio ALQUILER u$s 700.- + GASTOS MENSUALES REQUISITOS: 1 MES DE ADELANTO, 1 MES DE DEPOSITO, RECIBO DE SUELDO o INGRESOS COMPROBABLES, GARANTIA PROPIETARIA. NO SE ACEPTAN SEGUROS DE CAUCION. SI SE ACEPTAN MASCOTAS. DISPONIBLE PARA MUDARSE HOY . AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los impuestos, tasas y facturas. Las medidas exactas surgirían de los planos aprobados y del título de propiedad. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda. LEY Nº 5859 - Articulo. 4º: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. LEY Nº 5115 C.A.B.A.: Artículo 1°.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas. Artículo 2°.- Los avisos mencionados en el articulo 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible" Artículo 3°.- La autoridad de aplicación de la presente será la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, dependiente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4°.- La presente Ley entrara en vigencia a los noventa (90) días de su publicación en el Boletín Oficial. Artículo 5°.- Comuníquese, etc. "La Publicación de este Inmueble es a solo título informativo, pues la venta de la Propiedad está supeditada a que el Propietario cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del n° de COTI correspondiente, para dar cumplimiento a la resolución general nro. 2371 de AFIP." Matricula CUCICBA Nº 6354


DETALLE DE LA PROPIEDAD

Expensas: 110000

ADICIONALES

Apto Profesional
Cochera
Balcón
Vista
Luz

*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666). Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.

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Matriculado responsable : David Levy - Matricula CUCICBA Nº 6354.

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